Os adjuntamos dos novedades de interés:

. Orden SND/307/2020, 30 de marzo, por la que se establecen los criterios interpretativos para la aplicación del Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, y el modelo de declaración responsable para facilitar los trayectos necesarios entre el lugar de residencia y de trabajo. Podéis consultar la Orden accediendo al siguiente enlace: Orden

La Orden adjunta un modelo de declaración responsable a emitir para los trabajadores por cuenta ajena que no tengan que acogerse al permiso retribuido recuperable recogido en el Real Decreto-ley 10/2020.

Resulta de interés que la disposición confirme que: “El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, sólo afecta a los autónomos que presten sus servicios en actividades suspendidas por la declaración del estado de alarma. Por su lado, el Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, no es aplicable a las personas trabajadoras por cuenta propia.”

Resolución de 30 de marzo de 2020 del Ministro de Justicia por la que se adapta la cobertura de servicios esenciales de la Administración de Justicia al Real Decreto-ley 10/2020 de 29 de marzo de 2020.

De esta Resolución destacamos lo siguiente: “Aquellos profesionales de la administración de justicia que prestan los servicios esenciales fijados de común acuerdo por el Consejo General del Poder Judicial, la Fiscalía General del Estado y el Ministerio de Justicia, y en coordinación con las Comunidades Autónomas con competencias transferidas, se encuentran autorizados para los desplazamientos necesarios para desempeñar su actividad laboral de conformidad con esta resolución. Esta autorización comprende, del mismo modo, los desplazamientos necesarios de abogados y procuradores a las dependencias en las que ejercen el derecho de representación y de defensa:

1. Sedes judiciales,
2. Comisarías o cualquier otro centro de detención o internamiento,
3. Centros Penitenciarios y
4. Despachos profesionales.

El desplazamiento de estos profesionales de la administración de justicia se autoriza asimismo para el asesoramiento de personas físicas y jurídicas asociado al cumplimiento de sus obligaciones tributarias y la tramitación de expedientes de regulación temporal de empleo.”

JUNTA ICPB

Barcelona, 1 de abril de 2020